Por el cual se aprueba la Resolución número 4, de la Sección de Provisiones del Gobierno Nacional

Rango Decreto
Publicación 1935-04-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la. República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA :

Artículo único. Apruébase, la siguiente Resolución :

RESOLUCION NUMERO 4 DE' 1935

(marzo 11)

"por la cual se nombra, una comisión, de asesores técnicos para el estudio de unos negocios.

"El Director General de Provisiones,

"en uso de la atribución del artículo 39 del Decreto legislativo número 518 bis de 1931, y

''CONSIDERANDO :

"1° Que el Gobierno le ha confiado, a la entidad el negocio relacionado con la compra de aparatos filmadores de películas y cines parlantes, con destino al cumplimiento del programa cultural del Ministerio de Educación Nacional.

"2° Que la entidad carece de persona! técnico en la materia que pueda adelantar a conciencia el estudio de estos negocios y elaborar acertadamente los respectivos pliegos de cargos; y

"3° Que la disposición legal citada anteriormente prescribe que en caso de que el Director de la Sección de Provisiones juzgue necesario asesorarse de personas competentes para verificar las compras de los materiales para el Gobierno, que requieran el concepto de técnicos especializados en la materia podrá hacerlo, previa aprobación del Ministerio de Gobierno (hoy de Agricultura y Comercio), pero el concepto de dichos asesores no será obligatorio para el Gobierno,

"RESUELVE:

"Articulo 1° Háganse extensivas a la comisión asesora, compuesta por los doctores Guillermo Forero Franco, Alberto Jaramillo y Enrique Zapata, que, por Resolución número 29 de 1934, estudia lo relacionado con la adquisición de radiodifusoras y aparatos receptores, con destino al Ministerio de Educación Nacional, las disposiciones de esta providencia para lo relacionado con los estudios que deben adelantarse para la adquisición de aparatos filmadores de películas y cines parlantes.

"Artículo 2° Sométase esta providencia a la aprobación del señor Ministro de Agricultura y Comercio.

"Dada en Bogotá a 11 de marzo de 1935.

"H. Amador R."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de marzo de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Agricultura y Comercio,

Cristóbal BOSSA

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