por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 2478 de 1999

Rango Decreto
Publicación 2011-12-30
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades, en especial las conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, en el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que con el fin de cumplir cabal y oportunamente las funciones conferidas por la normatividad vigente, se hace necesario rediseñar el proceso contractual del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, concentrando las etapas precontractual y contractual en un sólo Despacho.

DECRETA:

Artículo 1°. Modifícase el numeral 2 del artículo 7° del Decreto número 2478 de 1999, aclarado por el artículo 2° del Decreto 967 de 2001 el cual quedará así:

"Artículo 7°.Oficina jurídica. La Oficina Jurídica cumplirá con las siguientes funciones:

Artículo 2°. Modifícase el numeral 5 del artículo 16 del Decreto número 2478 de 1999 el cual quedará así:

"Artículo 16. Secretaría Genera l. La Secretaría General cumplirá las siguientes funciones:

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 2478 de 1999 y las demás disposiciones que sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. C., a 30 de diciembre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Claudia Patricia Hernán León.

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