Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de gastos para la vigencia de 1883 a 1884

Rango Decreto
Publicación 1884-06-23
Estado Vigente
Departamento SECRETARÍA DE LO INTERIOR I RELACIONES ESTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia

En uso de la facultad que le confiere artículo 1,331 del Código Fiscal y en vista de la nota del señor Secretario del Senado de Plenipotenciarios al Secretario de Relaciones Exteriores, de 17 de los corrientes, número 453, en que trascribe la resolución de aquella Honorable Cámara, aprobada el mismo día, relativa á la obra del templete de la plaza del Centenario; y

considerando:

1.° Que no se pueden hacer gastos por anticipación sin que haya partida á qué imputarlos en el Presupuesto de gastos: y

2.° Que la terminación del templete para el 20 de Julio próximo entrante, no podría verificarse sin ordenar el pago de lo que se está debiendo por cuenta de esta obra, y de lo que se cause á deber por los nuevos trabajos que se ejecuten en ella,

decreta:

Art. 1.° Abrese al Presupuesto de Gastos el siguiente crédito extraordinario:

servicio de 1883 á 1884.

Departamento de Obras públicas.

Capítulo 90. Edificios de la Nación.
Artículo 412.
Parágrafo único. Para pagar lo que se adeuda por cuenta de la obra del templete de la plaza del Centenario, y para los demás gastos que sea necesario hacer para su pronta conclusión $ 8.000
Art. 2.° Dése cuenta al Congreso del presente decreto, en cumplimiento del artículo 1,834 del Código Fiscal y para los efectos del mismo.

Dado en Bogotá, á 18 de Junio de 1884.

EZEQUIEL HURTADO.

El Secretario de Relaciones Exteriores,

Eustorgio Salgar.

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