Por el cual se hacen reducciones al presupuesto de gastos en el Ministerio de Hacienda y Tesoro
El encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario hacer al Presupuesto nacional de rentas y gastos, expedido para el año en cursa por Decreto número 252 de 2 de Marzo las modificaciones, acordadas en Consejo de Ministros,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense al presupuesto de gastos del Ministerio de Hacienda y Tesoro las reducciones que a continuación se expresan:
Capítulo 29
Por la Dirección de la Contabilidad general se harán las traslaciones de partidas, de acuerdo con las reducciones que aquí se ordenan y con lo dispuesto en el Decreto número 375, sobre rebaja de sueldos y supresión de algunas Oficinas.
Publíquese.
Dado en Bogotá, a 4 de Mayo de 1908.
- D. EUCLIDES DE ANGULO
El Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho,
B. SANIN CANO
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