Por el cual se aprueba el "Manual de Clasificación Técnico-Científico-Económico del i.S.S.", contentivo de las tarífas de pago por servicios médico-asistencial

Rango Decreto
Publicación 1980-03-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 10
Historial de reformas JSON API

Extracción de cuerpo extraño intraóseo.

80.19.- Extracción cuerpo extraño intraóseo, de columna vertebral, VII.

Sección quirúrgica de hueso.

80.2a. Osteotomía de cubito o radio, IX.

Resección parcial de diáfisis. "

Extracción material de osteosíntesis.

Resección completa de -hueso.

Otras resecciones óseas.

Injerto óseo.

Reparación plastica de epífisis.

Revisión y/o reconstrucción de muñón de amputación.

81 .42. Revisión y/ o reconstrucción de muñón de amputación de antebrazo, VI.

81 .47. Revisión y / o reconstrucción de muñón de amputación dedos pie (uno a dos), III.

Resección tumor benigno huesos.

Resección tumor maligno huesos.

81.70: Resecc ón tumor maligno huecos hombro, XII.

Otras operaciones plasticas y de reparación de los huesos.

Incluye: Corsé de Risser o de Milwake.

Reducción cerrada de fracturas en miembro superior.

Reducción cerrada de fracturas en miembros inferior.

Reducción cerrada de fracturas tórax-columna.

Incluye: Una o más costillas.

Reducción cerrada de luxo-fractura.

83 REDUCCION ABIERTA DE FRACTURA SIN OSTEOSINTESIS. FIJACION OSEA CON ELEMENTOS DE OSTEOSINTESIS

Reducción abierta fracturas sin osteosíntesis miembro superior. . ;

Reducción abierta de fracturas sin osteosíntesis de miembro inferior.

83.16.- Reducción abierta fractura falanges pie (tres o más), VII.

Reducción abierta fracturas sin osteosíntesis

tórax-columna.

Incluye: Una o más costillas.

Incluye: Apófisis transversa.

Cuerpo vertebral.

Elementos posteriores de la columna.

Reducción abierta de luxo-fractura.

Fijación ósea con elementos de osteosíntesis en miembro superior.

Fijación ósea con elementos de osteosíntesis en miembro inferior.

Amputación en miembro superior.

Amputación en miembro inferior.

Desarticulación en miembro superior.

Desarticulación en miembro inferior.

Incluye: Mediotarsiana (Chopart).

Tarsometatarsiana (Linsfrac).

Supramaleolar (Syme).

Incisión en articulación.

Extracción cuerpo extraño intra-articular.

Punción articular.

Resección de cartílago intervertebral,

Resección de cartílago de articulación de la rodilla.

Resección cápsula articular.

Operaciones plasticas de la cadera.

Incluye: Thomson o Moore.

Corrección de lesiones congénitas del pie.

Operaciones plasticas de otras articulaciones.

Fijación quirúrgica de columna.

Incluye: Instrumentación de (Harrington o Dywer).

Otras operaciones para fijación articular.

Reducción cerrada de luxación.

Incluye: Tenotomía.

Espica yeso bajo anestesia general.

Incluye: Férulas de abducción.

Incluye: Acromio clavicular.

Escápulo-humeral.

Tratamiento ortopédico de luxaciones traumáticas.

Reducción abierta de luxación.

Incluye: Salter.

Incluye: Acromio-clavicular

Escápulo-humeral.

(Antigua o recidivante)

Incluye: Antigua o recidivante.

Incluye: Antigua o récidivante.

Reducción abierta de luxaciones traumáticas.

Otras intervenciones de elementos articulares.

Aspiración y/o extracción cuerdo extraño en músculo, tendón y bolsa sinovial.

Sección de músculo y/o tendón.

§8.11. Tenotomía, II

Resección de lesión de músculo, tendón, aponeurosis y bolsa sinovial. .

Resección de músculo, de tendón, aponeurosis y bolsa sinovial.

Reparación de músculo, tendón y aponeurosis.

Transferencia de músculo y tendón.

Otras operaciones plasticas de músculo.

Otras operaciones plasticas de tendón y aponeurosis.

Otras operaciones de ios músculos, de los tendones, de las aponeurosis y de las bolsas sinoviales tendinosas.

Reinserción en miembro inferior.

Otras re inserciones.

Transplanté,

Incluye: Síndrome de Drouson.

Aperts.

T. Collins.

Otros.

Curetaje y escisión huesos mano.

Extracción cuerpo extraño intraóseo (excepto material de osteosíntesis), sección quirúrgica huesos mano.

90.11-. Osteotomía en metacarpianos (uno a dos), VI.

Operaciones plasticas y reparación huesos de la mano.

Reducción cerrada de fracturas y luxo-fracturas mano.

Reducción quirúrgica de fracturas y luxo-fracturas mano,

Reducción cerrada o abierta de luxaciones traumáticas en la mano.

Amputación, desarticulación, revisión y/o reconstrucción muñón de amputación y resección coíhpleta de huesos en mano.

Sección ele músculo, tendones y aponeurosis de la mano.

Resección de músculo, tendón y aponeurosis en la mano.

90:86. Tenosinovectomía extensores mano (uno a dos), VI.

Resección de vaina tendinosa en la mano.

Sutura de músculos y tendones en la mano.

Transferencias de tendones en la mano.

Otras operaciones de tendones en la mano.

Otras operaciones de tendones y aponeurosis en la mano.

Incisión y escisión de elementos de las articulaciones de la mano.

Operaciones para fijación de las articulaciones en la mano.

Otras operaciones de los elementos de las articulaciones en la mano.

Otras operaciones de los elementos de ías articulaciones en la mano (continuación).

Otras operaciones de los elementos de las articulaciones en la mano (continuación).

Otras operaciones de la mano.

CAPITULO XIV

Cirugía plastica.

Incisiones de la piel y del tejido celular subcutáneo.

Incluye: Absceso superficial.

Hematoma.

Panadizo.

Incluye: Absceso profundo.

Flegmón.

Tenosnovitis.

Extirpación de lesión de la piel y/o tejido celular subcutáneo.

Incluye: Fulguración.

Extracción de uñí, de lecho o pliegue ungueal con o sin reposición.

Sutura de piel o mucosa.

Incluye: Sutura labios.

Incluye: Cuero cabelludo.

Piel:

Abdomen.

Extremidades (incluye manos).

Tórax.

Otras operaciones de la piel y del tejido celular subcutáneo.

Operaciones plasticas por lesiones congénitas.

Incluye: Naso-oculares.

Oro-auriculares.

Oro-oculares.

Injerto región pilosa.

Incluye: Injerto:

Barba.

Ceja.

Injerto cutáneo libre y condrocutáneo.

Incluye: Cara.

Cuello.

Genitales.

Manos (no incluye dedos).

Planta del pie.

Zonas de flexión (no, incluye dedos).

Colgajos.

Dermoabración.

Incluye: Oreja:

En pantalla.

Prominente.

Incluye: Ausencia de:

Lóbulo.

Oreja.

Operaciones plasticas de la nariz.

Incluye: Corrección:

Anlanamiento de fosas nasales en silla de Montati

Implante en nariz.

Operaciones plasticas de la cara.

Operaciones plasticas de la mama.

Incluye: Reconstrucción de:

Areola.

Pezón.

Incluye: Implantación de prótesis de plastico.

Tratamicnot quemaduras en área general.

Tratamiento quemaduras en área especial.

Incluye: Axila.

Codo.

Cuello.

Dorso pie.

Hueco poplíteo.

Región inguinal.

Corrección quirúrgica cicatriz de origen traumático.

Corrección quirúrgica cicatriz (continuación).

Incluye: Cara.

Cuello.

Genitales.

Manos (no incluye dedos).

Planta de pie.

Incluye: Cara.

Cuello.

Genitales.

Manos (no incluye dedos).

Planta de pie.

Incluye: Axila.

Codo.

Cuello.

Dorso del pie.

Hueco poplíteo.

Región inguinal.

Corrección secuelas quemaduras.

Incluye: Cara.

Cuello,

Genitales.

Manos (no incluye dedos).

Planta de pie.

Incluye: Cara.

Cuello,

Genitales.

Manos (no incluye dedos).

Planta de pie.

Incluye: Axila,

Codo.

Cuello.

Dorso del pie.

Hueco poplíteo.

Región inguinal.

Otras operaciones reconstructivas.

Incluye: Infiltraciones y otros procedimientos.

CAPITULO XV

Cirugía oral y maxilofacial.

Resección parcial o total de glandulas salivales.

Incluye: Quiste de glandula salival.

Otras operaciones de las glandulas y los conductos salivales.

Incisión de cavidad bucal.

Incluye: Hematoma.

Incluye: Hematoma.

Operaciones sobre la lengua.

Incluye: Hemiglosectomía.

Otras operaciones de la lengua.

Incluye: Plastia frenillo lingual.

Incluye: Glosorrafia.

Operaciones de la úvula.

Operaciones para corrección de paladar hendido.

Incluye: Colgajo faríngeo.

Incluye: Estafilorrafia.

Otras operaciones del paladar.

Incluye: Adenoma.

Lesiones superficiales extensas.

Otras operaciones de la cavidad bucal.

Incluye: Oranasal.

Incluye: Superficial extensa.

Incisión del maxilar.

Incluye: Decorticación.

Sección de los maxilares.

Incluye: Cirugía ortodóncica.

Hiperplasia hemimandibular.

Laterognatismo.

Micrognatismo.

Mordida abierta.

Incluye: Resección parcial de maxilar superior.

Incluye: Resección.

Ameloblastoma.

Hemangioma intraóseo.

Mixoma.

Tumor de Pinelborg.

Incluye: Coronoidectomía.

Ostectomía de Gonión.

Extirpación y destrucción de lesión del maxilar.

Incluye: Exostosis.

Fibroma.

Granuloma central de células gigantes.

Resección de elementos articulares del maxilar.

Incluye: Condilectomía alta.

Incluye: Resección tubérculo articular del temporal.

Plastia de cápsula articular.

Reparación y operaciones plasticas del maxilar.

Incluye: Corrección de anquilosis con o sin aplicación de prótesis.

Incluye: Inmovilización.

Reducción cerrada de fracturas huesos faciales.

Incluye: Inmovilización intermaxilar y / o esquelética.

Incluye: Inmovilización intermaxilar y/o esquelética.

Incluye: Reimplante dental y fijación.

Reducción abierta de fracturas huesos faciales.

Incluye: Fractura del piso de la órbita (Blow-out).

Incluye: Inmovilización intermaxilar y/o esquelética.

Incluye: Fijación intermaxilar y esquelética.

Incluye: Inmovilización intermaxilar y/o esquelética.

Incluye: Fractura de tuberosidad maxilar.

Reimplante dental y fijación.

CAPITULO XVI

CIRUGIA DENTAL

Operaciones de la encía.

Incluye: Amputación radicular.

Equilibrio de oclusión y fertilización temporal.

Injerto.

Osteoplastia.

Osteotomía.

Incluye: Cirugía mucogingival.

Curetaje a campo abierto.

Gingivoplastia.

Extirpación de quistes y tumores odontogénicos.

Incluye: Foliculares.

Radiculares.

Incluye: Foliculares.

Radiculares.

Incluye: Fibroma ameloblastico.

Odontomas.

Tumor adenomatoide.

Resección de quiste no odontogénico.

Incluye: Dermoide.

Epidermoide.

De inclusión.

Fisulares.

Exodoncias.

Incluye: Fijación interdentaria o intermaxilar.

Intervenciones sobre ápice y pulpa dental.

Incluye; Curetaje apical.

Obturación retrógrada.

Incluye: Curetaje apical.

Obturación retrógrada.

Incluye: Apertura de conducto.

Intervenciones para .dientes.

Incluye: Inmovilización.

Operaciones sobre los alvéolos dentales y otras

reparaciones plasticas de los elementos de sostén

de los dientes.

Incluye: Alveoloplastia.

Incluye: Alveoloplastia.

Cirugía de nervios dentarios.

Incluye: Descompresión (nervio dentario).

Neurectómía (nervio dentario).

Incluye: Nervio:

Infraorbitario.

Largo bucal.

Linguái.

Mentonero.

Otras operaciones de cirugía dental.

CAPITULO XVII

Al. BIOPSIA

Incluye: El uso de endoscopia, l a efectuada por:

Aguja.

Aspiración.

Curetaje.

Incisión.

Perforación (sacabocados).

Resección.

Biopsia de tejido intracraneal.

Al. 00. Biopsia de encéfalo, VIII.

Al. 01. Biopsia meninges encefálicas, VIII.

Biopsia de tejido nervioso.

Al. 10. Biopsia de médula espinal, VIII.

Al. 11. Biopsia de meninges vertebrales, VIII.

Al. 12. Biopsia de nervio periférico superficial, III.

Al. 13. Biopsia de nervio periférico profundo, VI.

Biopsia del ojo.

Al. 20. Biopsia de conductor lacrimal, II.

Al. 21. Biopsia de conjuntiva, III.

Al. 22. Biopsia de córnea, III.

Al. 23. Biopsia de cristalino, VIII.

Al. 24. Biopsia de cuerpo ciliar, IV.

Al. 25. Biopsia de esclerótica, III.

Al. 26. Biopsia de glandula lagrimal, II.

Al. 27. Biopsia de Iris, III.

Al. 28. Biopsia de órbita, III.

Al. 29. Biopsia de párpado, I.

Biopsia de la nariz y del oído.

Al. 30. Biopsia de nariz, II.

Al. 31. Biopsia de oído externo, I.

Al. 32. Biopsia de senos nasales y paranasales, VI.

Biopsia de la boca, de la faringe y de la laringe.

Al. 40. Biopsia de amígdalas, III.

Al. 41. Biopsia de cavidad bucal, III.

Al. 42. Biopsia de cuerda vocal, III.

Al. 43. Biopsia de encia, I.

Al. 44. Biopsia de faringe, V.

Al. 45. Biopsia de glandula salival, III.

Al. 46. Biopsia de labio, I.

Al. 47. Biopsia de laringe (vía endoscópica), VII.

Al. 48. Biopsia de lengua, II.

Al. 49. Biopsia de paladar y úvula, II.

Biopsia de la glandula tiroides y de la paratiroides.

Al. 50. Biopsia de glandula paratiroides, VIII.

Al. 51. Biopsia abierta de tiroides, VII.

A1. 52. Biopsia percutánea de tiroides, III.

Biopsia de tórax.

Al. 60. Biopsia de bronquio por endoscópica, V.

Al. 61. Biopsia de esófago por esofagoscopia, V.

Al. 62. Biopsia de mediastino por mediastinoscopia, VIII.

Al. 63. Biopsia de pericardio por toratocomía, VIII.

Al. 64. Biopsia de pleura por punción, III.

Al. 65. Biopsia de pulmón por toracotomía, VIII.

Al. 66. Biopsia de la tráquea (vía endoscópica), V.

Biopsia del diafragma y de la cavidad abdominal.

Al. 70. Biopsia de diafragma, VII.

Al. 71. Biopsia de mesenterio, VII.

Al. 72. Biopsia de omento, VII.

Al. 73. Biopsia de peritoneo, VII.

Biopsia del estómago y del intestino.-

Al. 80. Biopsia del ano, II.

Al. 81. Biopsia del -colon por colonoscopia, V.

Al. 82. Biopsia de estómago por gastroscopia, V.

Al. 83. Biopsia de estómago por laparotomía, VII

Al. 84. Biopsia de intestino, VII.

Al. 85. Biopsia del recto por rectoscopia, IV.

Al. 86. Biopsia de sigmoide por recto-sigmoidoscopia, IV.

Biopsia de las vías biliares, del bazo y del páncreas.

Al. 90. Biopsia de bazo (por laparotomía), VII.

Al. 91. Biopsia de conducto biliar, VII.

Al. 92. Biopsia de conducto hepático, VII.

Al. 93. Biopsia de hígado (vía abierta), VII.

Al. 94. Biopsia de hígado por punción, III.

Al. 95. Biopsia de páncreas, VII.

Al. 96. Biopsia de vesícula biliar, VII.

A2. BIOPSIA (continuación).

Biopsia de glandula suprarrenal del riñon y del tejido perirrenal.

A2. 00. Biopsia de riñon (vía abierta), VII.

A2. 01. Biopsia de riñon (percutánea), V.

A2. 02. Biopsia de glandula suprarrenal, X.

Biopsias de las vías urinarias.

A2. 10. Biopsia de uretra (endoscópica), V.

A2. 11. Biopsia de vejiga (vía abierta), VII.

A2. 12. Biopsia de vejiga (endoscópica), VII.

Biopsia de los órganos genitales masculinos.

A2. 20. Biopsia de epididimo, VI.

A2. 21. Biopsia de escroto, II.

A2. 22. Biopsia de pene, II.

A2. 23. Biopsia de próstata (por punción), V.

Incluye: Perineal.

Transrectal.

A2. 24. Biopsia de testículo, VI.

Biopsia de la mama y de la pared del tórax. A2.30. Biopsia de glandula mamaria, III.

Biopsia de los órganos genitales femeninos externos.

A2. 40. Biopsia de clitoris, II.

A2. 41. Biopsia de labio mayor, II.

A2. 42. Biopsia de labio menor, II.

A2. 43. Biopsia de periné, II.

A2. 44. Biopsia de vagina, II.

A2. 45. Biopsia de vulva, II.

Biopsia de los órganos genitales femeninos internos.

A2. 50. Biopsia de cuello uterino (cervix), II.

A2. 51. Biopsia de endometrio, III.

A2. 52. Biopsia de ovario, VII.

A2. 53. Biopsia de Trompa de Falopio, VII.

A2. 54. Biopsia de miometrio (vía abierta), VII.

Biopsia del aparato circulatorio y del sistema linfático.

A2. 60. Biopsia de arteria superficial, III.

A2. 61. Biopsia de arteria profunda VI.

A2. 62. Biopsia de gánglio linfático, III.

A2. 63. Biopsia de vaso linfático, III.

A2. 64. Biopsia de vena, III.

Biopsia de hueso.

A2. 70. Biopsia de médula ósea, III.

A2. 71. Biopsia de periostio, IV.

Biopsia de otras partes del aparato locomotor.

A2. 80. Biopsia de aponeurosis, II.

A2. 81. Biopsia de bolsa sinovial, III.

A2. 82. Biopsia de cápsula articular, III.

A2. 83. Biopsia de cartílagp, III.

A2. 84. Biopsia de fascia, II.

A2. 85. Biopsia de ligamento, III.

A2. 86. Biopsia de músculo, II.

A2. 87. Biopsia de tejido sinovial, III.

A2. 88. Biopsia de tendón, II.

Biopsia de piel y tejido celular subcutáneo.

A2. 90. Biopsia de piel otros sitios, I.

A2. 91. Biopsia de piel y tejido celular subcutáneo otros sitios, I.

CAPITULO XVIII

Endoscopia diagnóstica.

Endoscopia diagnóstica a través de un orificio natural sin efecto sobre el tejido ni la lesión.

A4. Incluye: La efectuada para:

Aplicación de agente terapéutico.

Exploración.

Extracción de cuerpo extraño. .

Introducción de tubo.

Irrigación.

Lavado.

A4. 20. Laringoscopia, IV.

Incluye: Extracción de cuerpo extraño.

A4. 21. Laringotraqueoscopia, V.

A4. 22. Mícrolaringoscopia, V.

A4. 23. Traqueoscopia, IV.

Incluye: Extracción de cuerpo extraño.

Broncoscopias.

A4. 30, Broncoscopia simple, IV.

A4. 31. Broncoscopia para biopsia bronquial, V.

A4. 32. Broncoscopia para broncografía, V.

A4. 33. Broncoscopia para extracción cuerpo extraño, VI

A4. 34. Broncoscopia para lavado bronquial, V.

A4. 35. Broncoscopia para toma de muestras, V.

A4. 36, Fibrobroncoscopía, VI.

Esofagoscopia y gastroscopia.

A4. 40. Esofagoscopia, IV.

Incluye: Extracción cuerpo extraño esófago.

A4. 41. Esofagogastroscopia, V.

Incluye: Esofagogastroduodenpscopia.

Endoscopia del colon y del recto.

A4. 50. Colonoscopia fibróptica, V.

A4. 51. Proctoscopia, II.

A4. 52. Rectosigmoidoscopia, III.

Cistoscopia y uretroscopia.

A4. 60. Cistoscopia, III.

A4. 61. Pieloscopia, III.

A4. 62. Ureteroscopia, III.

A4. 63. Uretroscopia, II.

Ginecoscopia.

A4. 70. Amnioscopia, IV.

A4. 71. Colpomicrioscopia, III.

A4. 72. Colposcopia (vaginoscopia), II.

A4. 73. Histeroscopia, III.

A5. ENDOSCOPIA DIAGNOSTICA POR V I A QUIRURGICA

A5. Incluye: La efectuada para:

Aplicación de agente terapéutico.

Exploración.

Extracción cuerpo extraño.

Introducción de tubo.

Irrigación.

Lavado.

Excluye: La efectuada a través de orificio natural.

Toracoscopia transpleural.

A5. 10. Mediastinoscopia, VIII.

A5. 11. Toracoscopia por Toracostomía, VI.

Peritoneoscopia.

A5.30. Laparatoscopia, IV.

Incluye: Peritoneoscopia.

SEGUNDA PARTE

EXAMENES, ESTUDIOS Y PROCEDIMIENTOS

DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO

NO QUIRURGICO

Nota:

TERCERA PARTE

ESTANCIAS, DERECHOS DE SALA, MATERIALES

DROGAS, EQUIPOS Y OTROS SERVICIOS

INTRA - HOSP1TALARIOS

(DEFINICIONES, COSTOS, TARIFAS)

1.2.1 Médico general hospitalario de piso

1.2.2 Enfermera

1.2.3 Auxiliar de enfermería

1.2.4. Dotación básica de elementos de enfermería

1.2.5. Material de curación.

1.2.6. Alimentación adecuada al estado del paciente

1.2.7. Suministro de ropa ;de cama

1.2.8. Aseo.

1.2.9. Servidos públicos de luz y agua

1.2.10 Servicios y recursos del hospital para comdidad del paciente (ascensore, Calderas, llamado de enfermeras, teléfono local, aire acondicionado, etc)

1.3.1 Cuando se contratan estancias en instituciones hospitalarias para pacientes crónicos (psiquiátricos o médicos), estas comprenden la atención médica ge nerales o de especialistas cuando el caso lo requiera.

Hospital Universitario, hospital regional y hospital local.

La clasificación anterior será base para homologar las instituciones de utilidad común sin ánimo de lucro, vinculadas al Sistema Nacional de Salud y a las instituciones privadas no vinculadas al Sistema. Con las que se contraten estancias en el nivel de alta especialización, se aplicará la tarifa que se define para Hospital Universitario.; así mismo, las estancias en el nivel intermedio corresponderán a la tarifa de estancia para hospital regional.

1.5.1. Cama fija o estancia-día ocunada en los serivicios de medicina interna, ciru gía y gineco-obstetricia.

Hospital universitario, $ 720.00.

Hospital regional, $ 610.00.

Hospital local, $ 510.00.

1.5.2. Cama fija o estancia-día ocupada en el servicio de pediatría:

1.5.2. Hospitalización del prematuro y del niño enfermo:

Hospital universitario, $ 720.00

Hospital regional, $ 610.00.

Hospital local, $ 510.00.

1.5.3. Hospitalización de crónicos:

Paciente psiquiátrico, $ 640.00.

Paciente médico, $ 640.00

1.5.4. Cama fija o estancia ocupada etj instituciones psiquiátricas para paciente-agudo, $560.00.

2.1.1. Los servicios profesionales de cirujano o gineco-obstetra, de acuerdo al valor de la intervención o procedimiento, según la clasificación de interverciones y procedimientos quirúrgicos.

2.1.2. Los servicios profesionales de .anestésiólogo, en el valor equivalente al 40% de la intervención o procedimiento, según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos.

2.1.3. Los servicios profesionales de ayudantías quirúrgicas, en el valor equivalente al 25% de la intervención, según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos.

2.3.1. La consulta de emergencia que no amerite procedimiento quirúrgico, $ 200.00.

2.3.2. La consulta de emergencia que amerite observación hasta de 24 horas, o tratamiento de hidratación, la suma de $ 650.00.

2.3.3. La consulta de emergencia que amerite pequeña cirugía, la suma de $ 300.00.

2.3.4. Los.materiales de sutura y curación utilizados en la atención de las emergen cias médicas, se entienden incluidos en las anteriores tarifas.

2.3.5. La droga y medícamentos utilizados en este servicio serán pagados conforme a lo estipulado en el numeral 7 del presente Manual.

Derechos de sala que comprenden la dotación básica del quirófano, los equipos, instrumental, ropas, los servicios de enfermería, esterilización, instrumentación, circulantes y recuperación hasta por 6 horas, serán pagados por el Instituto en el valor equivalente al 50% de la intervención, según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos. En las intervenciones quirúrgicas bilaterales o dobles, los derechos de sala de la intervención mayor se incrementarán con el 50% del mismo derecho correspondiente a la cirugía menor o igual a la primera.

Derechos de sala de parios que comprende la dotación básica del quirófano, los equipos, instrumental, ropas, los servicios de esterilización, instrumentación enfermería, materiales, agentes y gases anestésicos, salas de trabajo de partos, recuperación y de observación del reción nacido, vserán pagados por el Instituto en el valor equivalente al (50% ) del procedimiento, según la clasificación de. Intervenciones y procedimientos quirúrgicos. Se excluye la operación cesárea cuyos derechos se reconocen como los de intervención quirúrgica.

Derechos de sala de recuperación, que comprende la dotación básica, les equipos, ropas y los servicios de enfermería, cuando se superan las primeras 6 horas post-quirúrgicas, se reconocerá adicionalmente el 50% del valor de la estancia hospitalaria.

Derechos de unidad de nefrología que comprende la utilización de los equipos propics de la un dad, atención de enfermería, materiales (filtro de diálisis), equipo arterial, equipo venoso, Concentrado, fítulas jeringas, solución salina, heparina, etc., y servicios generales, en la práctica de diálisis peritoneal y hemodiálisis aguda o crónica, la suma de $ 3.030.CÍ) por sesión.

Los procedimientos especiales que demanden para su realización el uso de las salas quirúrgicas, se reconocerá por e1 derecho a .su uso que comprende la dotación básica, los equipes generales 4el quirófano y los específicos para el procedimiento, ropas, materiafes, agentes y gases anestésicos, los servicios de esterilización y de enfermería, en el valor equivalente al 307, del procedimiento, según la clasifica.

Los procedimientos ortopédicos practicados en la sala de yesos causarán derechos que se reconocerán en $ 300.00.

Los derechos de sala para 1a práctica de cataterismo, se reconocerán de acuerdo a las siguientes tarifas:

Cateterismo sin anglografía, $ 2.340.00

Cateterismo con angiografía, $ 3.900.00.

Estas tarifas comprenden los estudios de Rayes X, pero excluyen l a droga, medios de contraste, materiales y suturas, que serán pagados conforme a lo estipulado en les numerales 7 y 8 de este Manual.

Los materiales de sutura y curación, drogas de sala, agentes y gases anestésicos que se consuman en el acto quirúrgico se reconocerán según la clasificación de intervenciones y procedimientos quirúrgicos, .así:

Grupo I a III, $ 400.00.

Grupo IV a VI, $ 750.00.

Grupo VII a XII, $ 1.500.00.

La estancia en la unidad de cuidados intensivos, se pagará a $ 2.340.00 diarios y conlleva los siguientes servicios:

La estancia en la unidad de atención a quemados, se pagará a $ 1.000.00 diarios y conlleva los mismos servicios normales de la estancia en la hospitalización de medicina interna.

Las drogas y medicamentos distintos a los de uso en salas quirúrgicas y de partos, las pagará el Instituto por el valor del precio comercial del catálogo para venta al público.

Los suministros de prótesis, injertos, válvulas, catéteres, sondas, mallas, marcapasos, suturas para marcapasos, bolsas oxigenadoras, equipos desechables para diálisis, bolsas y equipos de administración de sangre, medies de contraste, clips, clavos, placas para huesos y otros elementes ortopédicos, les pagará el Instituto según los costos de adquisición para el hospital.

El suministro de oxígeno distinto al que se consume en las salas quirúrgicas y de partos los pagará el Instituto según los costos de adquisición para el hospital, más un 20% adicional.

Artículo 2° El presente Acuerdo rige desde la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Ccmuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a los veintidós (22) días del mes de noviembre de m i l novecientos setenta y nueve (1979).

El Presidente de la Junta (fdo.), Luis Roberto García Díaz Granados, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social; el Secretario (fdo.), Pilar Calderón de la Mora.

Artículo 2°. Adóptanse por el término de un (1) año, desde la expedición de este Decreto las tarifas del "Manual de Clasificación Técnico-científicó-económico del ISS", para la contratación de servicios de salud del Instituto, entendiéndose que son les valores máximos que el Instituto reconocerá, para el pago de los servicios que contrate.

Artículo 3°. Para el cobro de servicios de salud prestados entre seccionales, unidades programáticas locales y zonales, respecto de los riesgos de enfermedad general y maternidad, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, invalidez, vejez, y muerte, regirán las mismas tarifas adoptadas en este Decreto.

Artículo 4°. Cuando excepcionalmente el Instituto venda servicios a particulares, las tarifas aplicables serán las estipuladas en el "Manual de Clasificación Técnico-científico-económico del ISS", incrementadas en un treinta por ciento (30%).

Artículo 5°. En los contratos de prestación de servicios de salud que celebre el Instituto por dos (2) años o más, las tarifas se reajustarán anualmente de manera automática, cuando el Gobierno Nacional apruebe para cada año las respectivas tarifas de pago, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 31 del Decreto-ley 1652 de 1977.

Parágrafo. El Instituto deberá presentar para la aprobación del Gobierno Nacional las nuevas, tarifas de pago da estos servicios, a más tardar el 30 de septiembre de cada año.

Artículo 6°. Facúltase a la Junta Administradora del ISS para que mediante acuerdo expida las normas reglamentarias, generales y de interpretación que se requieran para la aplicación del Manual.

Parágrafo. Para el efecto, la Junta Administradora del ISS, con la colaboración del Ministerio de Salud, podrá oír el concepto de las entidades qué guardfen relación con la institución en este campo v que cuenten con el reconocimiento oficial del Gobierno Nacional.

Artículo 7°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y por regular íntegramente la materia, reemplaza la tabla técnico-económica-científica del ISS, expedida por Resolución número 00795 del 10 de julio de 1975, emanada de la Dirección General del ISS.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de marzo de 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Trabajo y Seguridad. Social. Rodrigo Marín Bernal. El Ministro de Salud Pública, Alfonso Jaramillo Salazar.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)