por el cual se modifica la nomenclatura de empleos de que tratan los Decretos-Leyes 1042 de 1978, 90 de 1988 y demás normas modificatorias

Rango Decreto
Publicación 1995-03-23
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º. Adiciónase la nomenclatura de empleos de que tratan los Decretos-leyes 1042 de 1978, 90 de 1988 y demás normas modificatorias, así:
Denominación Código Grado
NIVEL DIRECTIVO
Director de Unidad Hospitalaria 0180 21
20
19
18
Director General de Unidad Administrativa Especial o Director del Comisionado Nacional de la Policía o Comisionado Delegado. 0155 24
Director Territorial de entidad descentralizada. 0042 19
17
15
13
12
10
Experto de Comisión Reguladora o de Comisión Nacional de Regalías o Interventor de Petróleos. 0090
Gerente, Presidente o Director General o Nacional de Establecimiento Público o de Empresa Industrial y Comercial o Asimilada o de Corporación Autónoma o de Empresa Social del Estado 0015 25
24
Intendente 0138 19
18
Jefe de Oficina Asesora de Ministerio o de Departamento Administrativo 0125 20
19
Rector de Universidad 0045 17
Secretario General de Superintendencia o entidad descentralizada o de Corporación Autónoma o de Empresa Social del Estado. 0037 22
Secretario General de Unidad Administrativa Especial 0168 18
17
16
Subdirector de Unidad Administrativa Especial 0162 19
18
17
16
Subgerente, Vicepresidente o Subdirector General de Establecimiento Público o de Empresa Industrial y Comercial o asimilada o de Corporación Autónoma o de Empresa Social del Estado. 0040 23
22
17
05
Superintendente 0030 25
24
Superintendente Delegado 0110 23
22
20
Nivel Ejecutivo
Director o Gerente Regional o Comisionado Regional 2035 27
26
22
10
Jefe de División 2040 27
26
13
Jefe de Oficina 2045 28
27
26
Nivel Profesional
Defensor de Familia 3125 22
21
20
19
Investigador Científico 3000 25
24
23
22
21
Oficial Logístico 3052 15
14
12
10
09
Oficial de Tratamiento Penitenciario 3053 14
12
10
09
Profesional Especializado 3010 25
24
23
22
21
Profesional Universitario 3020 13
12
11
10
Restaurador 3021 15
14
13
Secretario de Junta Seccional de Escalafón o de Junta Nacional de Escalafón 3100 15
13
11
10
Secretario Privado 3035 19
18
NIVEL TECNICO
Asistente Administrativo 4140 17
Operador de Equipo de Sistemas 4100 14
12
Programador de Sistemas 4060 17
16
Técnico Administrativo 4065 17
16
13
Técnico Operativo 4080 15
14
13
08
Tecnólogo 4165 18
17
Topógrafo 4105 12
11
09
Topógrafo Tecnólogo 4160 16
15
14
12
Tramoyista 4072 13
11
10
Nivel Asistencial
Almacenista 5080 26
25
19
Auxiliar Administrativo 5120 23
18
16
15
06
Auxiliar de Servicios Generales 5335 17
13
08
Conductor Mecánico 5310 17
13
Operario Calificado 5300 17
14
13
12
10
Secretario Ejecutivo 5040 19
17
15
Tesorero 5015 25
24
19
18
Artículo 2º. Adiciónase a la denominación (Código 0125) de Jefe de Oficina Asesora de Ministerio o de Departamento Administrativo el complemento o de Superintendencia.
Artículo 3º. Establécese a partir de la vigencia del presente Decreto, la siguiente equivalencia de empleos:

Situación Anterior

Denominación Código Grado
Profesional Especializado 3010 13
12
11
10
09
08
Situación Nueva
Profesional Universitario 3020 13
12
11
10
09
08

Parágrafo. Los respectivos organismos públicos procederán a efectuar los cambios correspondientes en la primera nómina de pago siguiente a la fecha de publicación de este Decreto, con estrictasujeción a las equivalencias establecidas en el presente artículo.

Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, adiciona los decretos 1042 de 1978, 90 de 1988 y demás normas que lo modifican.

Publíquese y cúmplase,

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 22 de marzo de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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