Por el cual se autoriza el ejercicio de las apropiaciones aplazadas por Decreto número 119 del corriente año (enero 17)

Rango Decreto
Publicación 1947-02-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en sesión de fecha 6 del presente mes de febrero, teniendo en cuenta la petición formulada por el Ministro de Educación Nacional, el concepto favorable del Ministro de Hacienda y Crédito Público sobre el particular, y el señor Contralor General de la República en el mismo sentido según oficio número 2279 del presente mes, determinó levantar el aplazamiento de la partida incorporada en el Presupuesto vigente para construcción del Colegio de San Simón, de Ibagué, cuyo ejercicio había sido aplazado por el Decreto número 119 de 1917,

DECRETA:

Artículo 1° Levántase el aplazamiento ordenado según Decreto número119 de 1947 (enero 17), para la siguiente parte de las apropiaciones de la Ley de Gastos vigente:

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 81

Artículo 1646. Para continuar la construcción del Colegio de San Simón, de Ibagué $ 100.000.00
Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de febrero de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Correos y Telégrafos, encargado del Despacho de Educación Nacional,

José Vicente DAVILA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.