por medio del cual se modifica el artículo 1° del Decreto 2268 de 2002, modificado por el artículo 1° del Decreto 2515 de 2009
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 397 de 1997
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 1° del Decreto 2268 de 2002, modificado por el artículo 1° del Decreto 2515 de 2009 quedará así:
"Artículo 1°. La Comisión de Antigüedades Náufragas estará adscrita al Ministerio de Cultura y quedará integrada por las siguientes personas:
- El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.
- El Ministro de Cultura o su delegado, quien la presidirá.
- El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado.
- El Secretario Jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado.
- El Director de la Dirección General Marítima - Dimar.
- Cinco (5) Expertos designados por el Presidente de la República".
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el artículo 1° del Decreto 2268 de 2002, modificado por el artículo 1° del Decreto 2515 de 2009.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de febrero de 2011
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.
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