Por el cual se distribuye la partida apropiada en el Presupuesto Nacional vigente, para sueldos y sostenimiento en general, de la Escuela Normal Rural para Varones del Valle de Tenza

Rango Decreto
Publicación 1952-04-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Escuela Normal Rural para Varones del Valle Tenza, distribuyese la partida apropiada del Presupuesto Nacional vigente:

Capítulo 84, artículo 974.

Mensual. Total.
Sueldos en 11 meses, Ferrero a diciembre: Director 450.00 4.950.00
Secretario-habilitado 200.00 2.200.00
Profesor de cultura General 250.00 2.750.00
Experto agrícola Profesor 250.00 880.00
Enfermero 80.00 880.00
Ecónoma 80.00 880.00
Mayordomo Herramientero 80.00 880.00
Servicio doméstico, según distribución que hará director. 100.00 1.100.00
Sumas 1.490.00 16.390.00
Alimentación en 10 meses, Febrero a noviembre: De 20 alumnos becados internos, han $ 40, cada uno 800.00 8.000.00
De 10 alumnos externó de restaurante 200.00 2.000.00
De y siete empleos internos (directo, secretario. Habilitado, Profesor de cultura General, experto agrícola, profesos, enfermero, y con humor y mayordomo. Herramientero, a $ 40 cada uno. 280.00 2.800.00
De servicio doméstico 120.00 1.200.00
Sumas $ 1.400.00 30.390.00
Alimentación en diciembre: De tres empleados internos que por razón de sus cargos deben permanecer en el plantel, durante la época de vacaciones, según distribución que hará el director $ 120.00
En servicio de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, dotación, jornales, imprevistos y demandas hotel escuela, en el año 401.81 4.419.91
Para comprar maquinaria y herramientas, laboratorios, instalaciones, equipo de trabajo y dotación en General de la escuela 5.070.09
Total $ 40.000.00

Para eso. Las partidas correspondientes a sueldos, pensiones alimenticias y gastos varios, será giras al secretario habilitado el escuela; las correspondientes a compra de maquinaria, herramientas, laboratorios, instalaciones, equipos de trabajo y dotación de la escuela General, serán manejadas por el contador-pagador del ministerio de educación nacional.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de febrero de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELÁEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera.

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