por el cual se establece la Planta de Personal de Salud en el Ministerio de Defensa Nacional

Rango Decreto
Publicación 1998-01-07
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 352 de 1997,

DECRETA:

Artículo 1°. Crear los siguientes cargos en la Planta de Personal de Salud en el Ministerio de Defensa Nacional así:
Número de cargos Denominación del empleo Código Grado
1 Director Administrativo de Ministerio 0100 20
3 Subdirector Administrativo de Ministerio 0150 19
1 Director de Unidad Hospitalaria 0180 19
11 Jefe de División 2040 23
6 Profesional Especializado 3010 22
1 Profesional Especializado 3010 18
135 Profesional Especializado 3010 17
215 Profesional Especializado 3010 16
87 Profesional Especializado 3010 15
125 Profesional Especializado 3010 14
94 Profesional Universitario 3020 13
7 Profesional Universitario 3020 12
16 Profesional Universitario 3020 11
4 Profesional Universitario 3020 10
101 Profesional Universitario 3020 08
5 Profesional Universitario 3020 07
1 Profesional Universitario 3020 05
5 Analista de Sistemas 4005 16
4 Analista de Sistemas 4005 15
1 Técnico Operativo 4080 18
14 Técnico Operativo 4080 15
2 Técnico Operativo 4080 14
26 Técnico Operativo 4080 13
3 Técnico Operativo 4080 12
278 Técnico Operativo 4080 11
8 Técnico Operativo 4080 10
113 Técnico Operativo 4080 09
27 Técnico Operativo 4080 08
19 Técnico Operativo 4080 07
1 Técnico Administrativo 4065 15
9 Técnico Administrativo 4065 13
10 Técnico Administrativo 4065 11
2 Técnico Administrativo 4065 09
2 Operador Equipo de Sistemas 4100 08
6 Secretario Ejecutivo 5040 23
1 Secretario Ejecutivo 5040 18
2 Almacenista 5080 20
1 Almacenista 5080 18
4 Secretario 5140 14
70 Secretario 5140 13
9 Secretario 5140 10
6 Auxiliar Administrativo 5120 14
24 Auxiliar Administrativo 5120 13
51 Auxiliar Administrativo 5120 12
1 Auxiliar Administrativo 5120 10
16 Conductor Mecánico 5310 13
104 Supervisor 5105 10
1.632
Artículo 2°. El Ministro de Defensa Nacional mediante resolución distribuirá los cargos de la planta de personal de salud de que trata el artículo 1°. del presente decreto y ubicará a los funcionarios de acuerdo a la estructura, planes y programas que se adopten y las necesidades del servicio.
Artículo 3°. Los empleados públicos del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares continuarán percibiendo la remuneración que vienen devengando, hasta tanto sean incorporados y tomen posesión en los empleos de que trata el artículo 1°. de este decreto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de enero de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Viceministro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Fernández Delgado.

El Ministro de Defensa Nacional,

Gilberto Echeverri Mejía.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.