Por el cual se delegan unas funciones constitucionales
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará a las ciudades de:
- Washington, Estados Unidos de Norteamérica, entre los días 24 al 26 de enero del 2000, con el fin de asistir a la Conferencia de Alcaldes de los Estados Unidos;
- Zurich - Davos, Suiza, entre los días 26 al 30 de enero del 2000, con el fin de asistir al Foro Económico Mundial;
- Madrid, España, entre los días 30 al 1º de febrero, pernocta por razones de itinerario para el regreso a la ciudad de Santa Fe de Bogotá;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Justicia y del Derecho está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario
DECRETA:
Artículo 1º Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Rómulo González Trujillo, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
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- Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1º y 2º, 304 y 314.
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- Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
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- Artículos 163, 165 y 166.
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- Artículos 200 y 201.
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- Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D, C. a 20 de enero de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.
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