Por el cual se derogan los Decretos 233 y 381 de 1989
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política, como Suprema Autoridad Administrativa,
DECRETA:
Artículo 1º. Deróganse los Decretos 233 y 381 de 1989 por medio de los cuales se congelaron las plantas de personal de los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, en el orden nacional, y se complementaron algunas de sus disposiciones.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de marzo de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Gobierno, Raúl Orejuela Bueno. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla, El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, German Montoya Vélez. El Jefe del Departamento Administrativo del servicio Civil, Joaquín Barreto Ruiz.
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