por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – ICFES

Rango Decreto
Publicación 2009-12-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 54 numerales m y n y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de establecer su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo.

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal para efecto de modificar la planta de Personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES–.

Que el Consejo Directivo del –ICFES– decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, según Acuerdo número 0008 el 28 de octubre de 2009.

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES– en el sentido de suprimir los siguientes cargos:
No. de Cargos Denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL
1 (uno) DIRECTOR GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA 0015 25
8 (ocho) ASESOR 1020 8
1 (uno) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 14
1 (uno) SECRETARIO EJECUTIVO 4210 20
1 (uno) CONDUCTOR MECANICO 4103 17
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
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1 (uno) SECRETARIO GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA 0037 18
3 (tres) SUBDIRECTOR GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA 0040 18
1 (uno) JEFE DE OFICINA 0137 15
1 (uno) ASESOR 1020 09
1 (uno) ASESOR 1020 08
1 (uno) ASESOR 1020 07
1 (uno) JEFE DE OFICINA ASESORA DE PLANEACION 1045 09
1 (uno) JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURIDICA 1045 09
12 (doce) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 17
3 (tres) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 16
10 (diez) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 15
12 (doce) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 14
16 (dieciséis) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 13
10 (diez) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 12
4 (cuatro) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2044 11
10 (diez) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 10
1 (uno) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 09
1 (uno) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 07
5 (cinco) ANALISTA DE SISTEMAS 3003 16
1 (uno) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 18
1 (uno) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 15
1 (uno) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 14
14 (catorce) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 13
14 (catorce) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 12
1 (uno) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 10
1 (uno) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 09
2 (dos) TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 08
2 (dos) TECNICO OPERATIVO 3132 13
9 (nueve) TECNICO OPERATIVO 3132 12
2 (dos) TECNICO OPERATIVO 3132 11
1 (uno) SECRETARIO EJECUTIVO 4210 18
14 (catorce) SECRETARIO EJECUTIVO 4210 16
4 (cuatro) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 4044 18
12 (doce) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 4044 15
3 (tres) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 4044 14
11 (once) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 4044 13
5 (cinco) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 4044 12
1 (uno) SECRETARIO BILINGÜE 4182 25
5 (cinco) CONDUCTOR MECANICO 4103 17
Artículo 2°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES– en el sentido de crear los siguientes cargos:
No. de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
1 (uno) Director General 04
2 (Dos) Asesor 03
No. de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Grado
1 (uno) Secretario Ejecutivo 02
1 (uno) Conductor Mecánico 01
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
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1 (Uno) Secretario General 03
3 (Tres) Director Técnico 03
10 (Diez) Subdirector de Area 02
1 (Uno) Jefe de Oficina 01
4 (Cuatro) Jefe de Oficina Asesora 04
1 (Uno) Asesor 02
1 (Uno) Asesor 01
9 (Nueve) Gestor de Pruebas 04
15 (Quince) Profesional Especializado 04
7 (Siete) Gestor de Pruebas 03
11 (Once) Profesional Especializado 03
8 (Ocho) Gestor de Pruebas 02
23 (Veintitrés) Profesional Universitario 02
2 (Dos) Gestor de Pruebas 01
3 (Tres) Profesional Universitario 01
3 (Tres) Técnico Diagramador 02
2 (Dos) Técnico Administrativo 02
1 (Unos) Técnico Diagramador 01
2 (Dos) Analista De Sistemas 02
5 (Cinco) Técnico Administrativo 01
4 (Cuatro) Conductor Mecánico 01
Artículo 3°. El Director General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES– distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas del Instituto.
Artículo 4°. La Incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.

Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 5°. Los empleados públicos de carrera administrativa quienes, como consecuencia de la transformación de la entidad, no sean incorporados a la planta de personal a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, tendrán derecho preferencial a optar por ser reincorporados o indemnizados en los términos y condiciones consagradas en la Ley 909 de 2004, en el Decreto-ley 760 de 2005 y en sus decretos reglamentarios.
Artículo 6°.Transitorio. Los empleos públicos en condición de prepensionados, se mantendrán en la planta de cargos, mientras conserven la condición que les otorga el supuesto de hecho que generó el beneficio, y extinguida la condición del beneficiario por circunstancias sobrevinientes, los empleos que se señalan a continuación, se entenderán, automáticamente suprimidos:
No. de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 13
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 14
2 (Dos) Técnico Administrativo 3124 13
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 12
1 (Uno) Técnico Operativo 3132 13
1(Uno) Auxiliar Administrativo 4044 12
4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 4044 13
4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 4044 15
6 (Seis) Secretario Ejecutivo 4210 16
Artículo 7°. En cumplimiento de la Protección Especial Constitucional dispuesta para madres o padres cabeza de familia sin alternativa económica, personas con limitaciones física, mental, visual o auditiva y mujeres embarazadas, los siguientes empleos se mantendrán temporalmente en la planta de personal mientras conserven la condición que les otorga el reunir el supuesto de hecho que generó el beneficio; extinguida la condición de beneficiario por circunstancias sobrevinientes, el cargo quedará automáticamente suprimido:
No. de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 10
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 12
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 13
1 (Uno) Técnico Operativo 3132 11
2 (Dos) Técnico Operativo 3132 12
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 12
3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 13
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 15
3 (Tres) Secretario Ejecutivo 4210 16
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 18
Artículo 8°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal, a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 9°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás normas que les sean contrarias en especial el Decreto número 2233 de 2003.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

La Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Educación Nacional,

Isabel Segovia Ospina.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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