Por el cual se concede una franquicia Telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Concédese franquicia telegráfica al Ingeniero Director de la Carretera Central del Norte para dirigirse al Ministerio de Obras Públicas sobre asuntos urgentes del servicio, con la limitación de veinticinco palabras para cada caso.
Comuníquese y publíquese.
Dada en Bogotá, á 19 de Noviembre de 1909.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho
bernardo ESCOVAR
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.