por el cual se separa la oficina de correos de la telegráfica en la ciudad de Ríonegro

Rango Decreto
Publicación 1911-06-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

que, el ensanche que ha tomado el comercio de la ciudad de. Ríonegro, en el Departamento de Antioquia, exige la separación de la oficina de correos de allí de la telegráfica correspondiente;

Que esta medida ha sido solicitada, como de capital importancia, por muchos de los vecinos de la mencionada ciudad y por algunas autoridades, y

Que para la marcha regular de ambos ramos en ella se hace necesaria tal separación,

decreta:

Artículo 1.° Sepárase, en la ciudad de Ríonegro, la oficina de correos nacionales de la telegráfica del lugar, y se dispone que la primera sea servida por un Administrador, con un sueldo mensual de treinta pesos ($ 30) y tenga dos pesos ($ 2) mensuales para gastos de útiles de escritorio.
Artículo 2° Este Decreto surtirá sus efectos desde el 1.° de Marzo del corriente año, fecha desde la cual se efectúo tal separación y están funcionando separadas dichas oficinas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 30 de Mayo de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

jorge ROA

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