Que fija una asignación en el ramo de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Fíjase en veinticinco pesos ($ 25) el sueldo mensual del Administrador de Correos de Piedecuesta-Departamento de Santander- desde la fecha del presente Decreto.
Comuníquese y .publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de marzo de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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