Por el cual se reforman los Decretos 75 del 16 de enero, y 421 del 28 de febrero del año en curso

Rango Decreto
Publicación 1931-04-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA

Artículo 1° Refórmanse los Decretos números 75 del 16 de enero, y 421 del 28 de febrero del año en curso, que se refieren al presupuesto de la Escuela Nacional de Bellas Artes, así:

Personal.

Del Director de la Escuela a $ 141 mensuales 1,410
Del Director de Bellas Artes, a $ 141 mensuales 1,410
Del Secretario de la Escuela, a $ 94 mensuales 940
Del Bibliotecario, a $ 75-20 mensuales 752
De diez Profesores, a $ 47 mensuales cada uno 4,700
De siete Profesores, a $ 37-60 mensuales cada uno 2,632
De nueve Ayudantes, a $ 18-80 mensuales cada uno 1,692
De un Portero de los pabellones, a $ 37-60 mensuales 376
De un Portero del museo, a $ 28-20 mensuales 282
De un Portero de la Dirección, a $ 18-30 mensuales 188
Materiales.
Para materiales y demás gastos de la Escuela, a $ 101-80 mensuales 1,018
Suma 15,400
Artículo 2° El presente Decreto empezará a regir desde el día 1° de marzo en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de marzo de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Abel CARBONELL

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.