Por el cual se aprueba otro dictado por el Comisario Especial de la Goajira, sobre creación de un corregimiento

Rango Decreto
Publicación 1929-03-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase en todas sus partes el Decreto que se inserta a continuación:

«DECRETO NUMERO 23

«(febrero 18)

por el cual se crea el Corregimiento de Maicao.

«El Comisario Especial de La Goajira, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

«Que frecuentemente se denuncian a este Despacho, por vecinos de la población de Maicao, hechos que desdicen mucho de la conducta de sus pobladores, en su mayor parte escándalos, a consecuencia del estado de embriaguez en que permanecen, sin que haya una autoridad civil que aplique sanción legal a esos escándalos;

«Que también se han registrado últimamente desórdenes de gran magnitud, que amenazan la tranquilidad de los asociados, quienes viven llenos de la mayor zozobra, por falta de garantía en sus vidas e intereses;

«Que dada la importancia por si situación topográfica, la población de Maicao ha tomado un incremento visible, ora por sus pobladores, ya por el desarrollo comercial que la impulsa a ser llamada dentro de poco tiempo el principal punto de la parte central del Territorio; e inmediato a la línea fronteriza con la vecina República de Venezuela;

«Que es punto obligado para llegar todos los vehículos que hacen el recorrido entre la ciudad de Ríohacha y Sinamaica (Venezuela), y viceversa, ocupados en tráfico comercial,

«DECRETA:

«Artículo 1.º Créase el Corregimiento de Maicao, lo compondrán: Parrantial, Piujushipana, El Salado, Caushiarijuna y sus intermedios, en un círculo de tres leguas cuadradas.

«Artículo 2.º Trasládase temporalmente a dicha población de Maicao, el destacamento de Policía Nacional que actualmente reside en Carraipía, para el apoyo material de la autoridad, debiendo prestar ese mismo servicio en Carraipía, cuando las necesidades de la Administración Pública así lo exijan.

«Comuníquese y dése cuenta al señor Ministro de Gobierno, para la sanción ejecutiva.

«Dado en San Antonio a 18 de febrero de 1929.

«El Comisario Especial,

«José J. Masenet C.

«El Secretario, Luis Alberto Romero B.»

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de marzo de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Gobierno,

Enrique J. ARRAZOLA

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