Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal 1976, en la cantidad de $ 1.800.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que en el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1975 quedó un saldo por $ 1.000.000.00 (un millón de pesos moneda corriente), el cual es necesario incorporar con el fin de dar cumplimiento al contrato número 072 de 1975 con el Instituto Colombiano de Cultura;
Que de acuerdo con el contrato firmado entre la Nación y el Fondo de Inmuebles Nacionales para reparaciones del inmueble ubicado en 1a calle 9none número 5-56, se debe incorporar en el presupuesto de la actual vigencia la suma de $ 800.000.00 (ochocientos mil pesos moheda corriente);
Que el artículo 14 del Decreto número 369 del 10 de marzo de 1972 autoriza al Ministerio de Obras Públicas para destinar los saldos no utilizados del Fondo de Inmuebles Nacionales en los proyectos existentes;
Que la Auditoría General Especial ante el Ministerio de Obras Públicas, en cumplimiento del artículo 13 del Decreto número 369 de marzo 10 de 1972, expidió el Certificado de Disponibilidad provisional número 001 de febrero 16 de 1976 por la cantidad de $ 800.000.00 (ochocientos mil pesos moneda corriente;
Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1976 en la cantidad de $ 1.800.000.00 (un millón ochocientos mil pesos moneda corriente) según el siguiente detalle:
Presupuesto de ingresos
INGRESOS NO TRIBUTARIOS
Aportes:
| Numeral 3-A. Recursos del balance | $ | 1.000.000 |
|---|---|---|
| OTROS RECURSOS Numeral 5. Contrato entre la Nación y el Fondo de Inmuebles Nacionales | $ | 800.000 |
| Suma el presupuesto de ingresos | $ | 1.800.000 |
| Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1976 en la cantidad de $ 1.800.000.00 (un millón ochocientos mil pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de gastos. Inversión directa Programa 01 | Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1976 en la cantidad de $ 1.800.000.00 (un millón ochocientos mil pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de gastos. Inversión directa Programa 01 | Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1976 en la cantidad de $ 1.800.000.00 (un millón ochocientos mil pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de gastos. Inversión directa Programa 01 |
| --- | --- | --- |
| Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales. | Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales. | Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales. |
| Artículo 02. Reconstrucción y conservación de edificios nacionales | $ | 800.000 |
| Proyecto 2. Reparaciones del inmueble ubicado en la calle 9ª número 5-56 (antiguo colegio de la Presentación) | 800.000 | |
| Artículo 03. Restauración y conservación de monumentos nacionales | 1.000.000 | |
| Proyecto 5. Iglesia de Santo Domingo | 1.000.000 | |
| Suma el presupuesto de gastos | $ | 1.800.000 |
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de marzo de 1976.
ALFONSO LOPEZ M1CHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya
El Ministro de Obras Públicas,
Humberto Salcedo Collante.
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