Por el cual se hacen unas supresiones y una creación en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1949-03-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de la .conferida por el parágrafo'39 del articulo 19 de la Ley 66 de 1926,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes supresiones en el ramo de Correos y Telégrafos:

Departamento de Bolívar.

Cartagena-Una plaza de Oficial de Pasaportes de la Agencia Postal; con asignación mensual de cargo que viene desempeñando interinamente la señorita Marlene Ramírez Pineda. $ 172.00
Una plaza de Auxiliar 3º de Correos de la Agencia Postal, con asignación mensual de cargo que viene desempeñando el señor Pedro García Villalba. 126.00
Suman $ 298.00

Parágrafo. Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 97, articulo 1987 del Presupuesto vigente.

Artículo segundo. Hácese la siguiente creación en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos:

Departamento de Bolívar.

Cartagena-Una plaza de Oficial de Encomiendas del Exterior, de la Agencia Postal, con asignación mensual de $ 200.00
Suma $ 200.00

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capitulo 97, artículo 1987 del Presupuesto vigente.

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir del día primero (1º) de marzo del año en curso.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 26 de febrero de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA.

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