POR EL CUAL SE APRUEBAN OTROS DICTADOS POR EL COMISARIO ESPECIAL DEL VAUPES, SOBRE SUPRESION DE UNOS CORREGIMIENTOS

Rango Decreto
Publicación 1932-03-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébanse los siguientes Decretos, dictados por el Comisario Especial del Vaupés, sobre supresión de unos Corregimientos:

DECRETO NUMERO 2 DE 1932

(enero 15)

por el cual se suprime el Corregimiento de San José del Guaviare, y se dicta otra providencia.

El Comisario Especial del Vaupés,

en uso de sus facultades legales, atendidas las disposiciones pertinentes del Código Político y Municipal, y

CONSIDERANDO:

2°Que por la misma falta de habitantes, y por el ningún movimiento comercial de aquel puerto, las funciones de la autoridad que allí reside son casi nulas, y puede decirse que se limitan a vigilar que la llegada y salida de los correos quincenales se cumplan con la debida regularidad, lo cual puede hacer por un simple Agente de la Policía; y

DECRETA:

Artículo 1° Suprímese en esta Comisaria, desde el primero de marzo próximo, el Corregimiento de San José del Guaviare, creado por Decreto número 2 de 22 de enero de 1912, dictado por la misma Comisaría. Por los límites señalados a dicho Corregimiento en Decreto ejecutivo número 1021 de 1924 (junio 12), adscríbese pala los efectos políticos administrativos aquel territorio al Corregimiento de Calamar del Vaupés.
Artículo 2° De los cinco (5) Agentes, de Policía de que dispone, esta Comisaría, destínase uno en comisión a prestar sus servicias en el puerto de San José, sobre el río Guaviare. Dicho empleado quedará allí encargado de vigilar: los bosques, y las sabanas, de hacer guardar el orden entre los indígenas semicivilizados que por allí moran, y de atender a que la llegada y salida de los correos quincenales se cumpla con toda regularidad. Ese Agente recibirá del actual Corregidor, por riguroso inventario, el archivo y objetos pertenecientes al Corregimiento, y cumplirá los deberes señalados a los de su clase, en el Código de Policía de Cundinamarca.

Sométase a la consideración del Poder Ejecutivo Nacional, y si fuese aprobado, cúmplase,

Comuníquese a quienes corresponda.

Dado en Calamar del Vaupés, a quince de enero de mil novecientos treinta y dos.

Aristides Novoa

El Secretario interino,

Gustavo Núñez.

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