POR EL CUAL SE APRUEBAN OTROS DICTADOS POR EL COMISARIO ESPECIAL DEL VAUPES, SOBRE SUPRESION DE UNOS CORREGIMIENTOS
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébanse los siguientes Decretos, dictados por el Comisario Especial del Vaupés, sobre supresión de unos Corregimientos:
DECRETO NUMERO 2 DE 1932
(enero 15)
por el cual se suprime el Corregimiento de San José del Guaviare, y se dicta otra providencia.
El Comisario Especial del Vaupés,
en uso de sus facultades legales, atendidas las disposiciones pertinentes del Código Político y Municipal, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que las razones tenidas en cuenta en el Decreto número 2 de 1912 (enero 22), para crear, entre otros, el Corregimiento de San José del Guaviare, han desapareció por completo, pues el desarrollo local y la afluencia de habitantes que hubo allí entonces, con motivo de la explotación de las riquezas naturales de aquellos bosques, han sido sustituidos, a causa del deprecio casi absoluto de tales productos, por una decadencia tan grande, que hoy aquel floreciente caserío está reducido solamente a dos casas de habitación y a dos familias, inclusive la del Corregidor.
2°Que por la misma falta de habitantes, y por el ningún movimiento comercial de aquel puerto, las funciones de la autoridad que allí reside son casi nulas, y puede decirse que se limitan a vigilar que la llegada y salida de los correos quincenales se cumplan con la debida regularidad, lo cual puede hacer por un simple Agente de la Policía; y
- 3° Que aunque ciertamente es función grata para las autoridades superiores, más dar incremento que restar importancia y categoría a las entidades de su dependencia, dadas la actual crisis, fiscal que atormenta al país, la insuficiencia del auxilio nacional, y la ninguna producción de las rentas internas de esta Comisaria, es deber elemental economizar todo gasto que no sea urgente e indispensable para la buena administración pública,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímese en esta Comisaria, desde el primero de marzo próximo, el Corregimiento de San José del Guaviare, creado por Decreto número 2 de 22 de enero de 1912, dictado por la misma Comisaría. Por los límites señalados a dicho Corregimiento en Decreto ejecutivo número 1021 de 1924 (junio 12), adscríbese pala los efectos políticos administrativos aquel territorio al Corregimiento de Calamar del Vaupés.
Artículo 2° De los cinco (5) Agentes, de Policía de que dispone, esta Comisaría, destínase uno en comisión a prestar sus servicias en el puerto de San José, sobre el río Guaviare. Dicho empleado quedará allí encargado de vigilar: los bosques, y las sabanas, de hacer guardar el orden entre los indígenas semicivilizados que por allí moran, y de atender a que la llegada y salida de los correos quincenales se cumpla con toda regularidad. Ese Agente recibirá del actual Corregidor, por riguroso inventario, el archivo y objetos pertenecientes al Corregimiento, y cumplirá los deberes señalados a los de su clase, en el Código de Policía de Cundinamarca.
Sométase a la consideración del Poder Ejecutivo Nacional, y si fuese aprobado, cúmplase,
Comuníquese a quienes corresponda.
Dado en Calamar del Vaupés, a quince de enero de mil novecientos treinta y dos.
Aristides Novoa
El Secretario interino,
Gustavo Núñez.
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