Por el cual se modifica el Decreto número 2347 de 1957, sobre régimen de pagos del Gobierno Nacional en el Exterior

Rango Decreto
Publicación 1958-05-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1º Modifícase el artículo 8º del Decreto número 2347 de 1957 sobre régimen de pagos del Gobierno Nacional en el Exterior, en el sentido de hacer excepción de las normas en él previstas en favor de los pagos de sueldos de personal y servicio de las unidades a flote de la Armada Nacional y de las unidades del Ejército destacadas fuera del país en misiones militares.

Los giros serán hechos por el Ministro de Guerra directamente a los Contadores Pagadores de las citadas unidades, y la Tesorería General de la República suministrará los dólares pertinentes con cargo a la cuenta en dólares que mantiene en el Banco de la República.

Artículo 2º Este Decreto rige a partir del 1º de febrero de 1958.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de marzo de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca. -Vicealmirante Rubén Piedrahita A. -Brigadier General Rafael Navas Pardo. -Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda. -El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.

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