Por el cual se aumenta el personal de la Aduana de Riohacha
E Presidente de la República,
Vista la Ley 109 de 1887,
decreta:
Créanse los siguientes empleos para el Resguardo de la Aduana de Ríohacha:
Un Ayudante del Jefe del Resguardo, con sesenta pesos ($ 60) mensuales; un Cabo con cincuenta pesos ($ 50) mensuales; y dos Pilotos, cada uno con treinta pesos ($ 30) mensuales.
Nómbrase su propiedad Ayudante del Jefe del Resguardo al Sr. José Antonio Bonivento, y de Cabo del mismo Resguardo al Sr. José Martín Aroca.
Autorízase al Sr. Administrador de la Aduana para que haga el nombramiento de Pilotos, dando parte á este Ministerio.
Dado en Bogotá, á 29 de Agosto de 1890.
CARLOS HOLGUÍN.
El Subsecretario, encargado del Despacho,
Adolfo Sicard y Pérez.
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