Por el cual se reorganiza la Litografía Nacional y se señala el personal de ella

Rango Decreto
Publicación 1905-06-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA:

Art. 1°. Reorganízase la Litografía Nacional con el siguiente personal, que empezará á funcionar el 1.° de Junio próximo.
Un Director general, con el sueldo mensual de $ 200
Un Superintendente Cajero 120
Un Inspector 80
Un Grabador 70
Un Ayudante 50
Un Jefe de prensas 60
Un Jefe de recibo y distribución 60
Un Portero 30
Art. 2°. Todos los empleados de la Litografía prestarán la fianza que señale el Ministro de Hacienda y Tesoro para asegurar su manejo y responder de las pérdidas ó substracciones de los valores que existan en el Establecimiento.
Art. 3°. El Director general de la Litografía queda facultado para contratar los obreros asalariados que sean necesarios para la buena marcha del Establecimiento, previa aprobación del Ministro de Hacienda y Tesoro.
Art. 4°. La Litografía Nacional continuará rigiéndose, mientras no se disponga otra cosa, con arreglo al Decreto ejecutivo número 736 de 1901, en todo lo que no se oponga á lo dispuesto en el presente y á los demás preceptos legales ó ejecutivos que se hayan expedido posteriormente.
Art. 5°. Adscríbese al Ministerio de Obras Públicas todo lo concerniente al servicio y conservación de la planta eléctrica que funciona en el Teatro Cristóbal Colón.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 25 de Mayo de 1905.

R. REYES

El Ministro de Hacienda Tesoro

Pedro Antonio Molina

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