Por el cual se destinan unas partida para atender al pago de becas en el Exterior

Rango Decreto
Publicación 1941-03-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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por el cual se destinan unas partidas para atender al pago de becas en el Exterior.

El Presidente de la República ele Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para atender al pago de las becas en el Exterior, adjudicadas por decretos anteriores, se destinan las siguientes partirlas con cargo al artículo 886, capítulo 67, del Presupuesto vigente, así:
Primer semestre de 1941 (enero a junio) :
Mensual. Total.
Edmundo Ucrós García.-Para estudios de arquitectura en la
Universidad de Santiago de Chile, adjudicada por Decretos
números 548 de 1938, 257 de 1939 y 1600 de 1940 $ 60.00 360.00
Mariano Argüelles. Para estudios de economía industrial
en Santiago de Chile, adjudicada por Decretos números 140
de 1936 y 257 de 1939 y 1600 de 1940 40.00 240.00
Manuel Ramón Mendoza y Olga Beatriz Segura.- Para estudios
en el Instituto Cívico Militar de Cuba, según Decretos 2212 de
1939 y 1600 de 1940, a razón de $ 20 mensuales cada uno 40.00 240.00
Rafael Ortiz.-Para estudios de medicina en Inglaterra, según
Decretos 2342 de 1939 y 1600 de 1940, a 70.00 420.00
Alejandro Posada.-Para estudios de medicina en París,
y trasladado a Nueva York, beca adjudicada por Decreto 1729
de 1939 y 160Ó de 1940 150.00 900.00
En nueve (9) meses, de abril a diciembre:
Enrique Grau Araújo.-Para estudios de pintura en los Estados
Unidos de Norte América; beca adjudicada por Decreto 175
de 1941 150.00 1.350.00
Total $ 3.510.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de marzo de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

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