Por el cual se crean dos oficinas en el ramo Postal y Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1912-05-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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por el cual se crean dos oficinas en el ramo Postal y Telegráfico.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de Santuario (Departamento de Caldas) y Turbaco (Departamento de Bolívar), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:

Santuario.
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 20
Un Cartero 2
Turbaco.
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 25
Un Cartero 3

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de mayo de 1912.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO

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