Por el cual se crean unas Oficinas y un empleo en el Ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Créanse en la Administración de las Rentas de Villavicencio tres puestos de Guardas encargados de vigilar los contrabandos en aquella región, con usa asignación mensual de veinte pesos ($ 20) oro cada uno.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá, á 19 de Noviembre de 1909.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Instrucción Pública encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro,
manuel DAVILA FLOREZ
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