por el cual se modifica la planta de empleos del Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2012-03-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2898 de 2011, se establece la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho.

Que en virtud del parágrafo del artículo 5° de la Ley 1444 de 2011 se crea la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y mediante Decreto 4085 de 2011 se establece los objetivos y estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

Que el Ministerio de Justicia y del Derecho presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar la planta de empleos, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP.

Que para los fines de este Decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.

DECRETA:

Artículo 1°.Supresión de cargos de la planta de empleos. Suprímense de la planta de empleos del Ministerio de Justicia y del Derecho, los siguientes cargos:
Planta Global Planta Global Planta Global Planta Global
N° Cargos Denominación del Empleo Código Grado
3 (Tres) Profesional Especializado 2028 22
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 12
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 17

Parágrafo 1°. Los funcionarios a quienes se les suprima el empleo de conformidad con lo previsto en el presente artículo, serán incorporados en un empleo igual o equivalente en la planta de empleos creada para la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

Parágrafo 2°. El Director General de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado proveerá los empleos suprimidos en este decreto, mediante la incorporación directa a la planta de personal de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

Parágrafo 3°. Los empleados del Ministerio de Justicia y del Derecho a quienes se les suprime el empleo en este decreto, continuarán desarrollando las funciones a ellos asignadas y mantendrán sus condiciones laborales hasta tanto se produzca su incorporación a la planta de empleos de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2898 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La Viceministra Técnica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Ana Fernanda Maiguashca Olano.

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Juan Carlos Esguerra Portocarrero.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.