Sobre creación de un Circuito de Notaría y Registro
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Créase en el Departamento de Jericó el Circuito de Notaría y Registro de Amagá formado del Municipio de esta mismo nombre y el de Angelópolis.
Artículo 2.° El presente Decreto regirá desde su publicación en el Diario Oficial.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá, á 21 de Mayo de 1909
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- m. VARGAS
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