Por el cual se distribuye la partida que el Municipio de Bogotá entrega a la Policía Nacional para pagar los servicios de circulación urbana

Rango Decreto
Publicación 1935-04-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. La cantidad de sesenta y cinco mil pesos ($ 65,000) que anualmente debe entregar al Gobierno Nacional el Municipio de Bogotá para atender, por conducto de la Habilitación de la Policía Nacional, al pago de los sueldos del personal y demás gastos de los servicios de circulación urbana de acuerdo con las estipulaciones del respectivo contrato, se distribuirá asi:
Para sueldos del personal $ 53,340
Para arrendamientos 2,400
Para uniformes de Motociclistas 1,480
Para gastos de oficina 600
Para combustible (gasolina y aceites) 3,000
Para reparación de vehículos 2,640
Para libretas, carnets y formularios 1,200
Para libros y formularios de contabilidad 240
Para imprevistos 100
Total $ 65,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de marzo de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

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