por la cual se acepta la renuncia de un miembro de la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le otorga el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, en armonía con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 117 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1° Acéptase a partir de la fecha de publicación del presente decreto, la renuncia presentada por el doctor Julio Manuel Ayerbe como miembro de la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras,
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 4de marzo de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJ1LLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes.
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