Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Grupo de Teatro de la Escuela Departamental de Cali, por haber sido invitado para participar en la Festival de las Naciones que habrá de celebrarse en la cuidad de París (Fancia), ha solicitado del Gobierno una subvención para pagar parte de los gastos que demande el viaje a dicha ciudad, ayuda que es justa y conveniente,
DECRETA:
Artículo 1° De la partida apropiada en el Capítulo 392, artículo 4167 del Presupuesto Nacional vigente, destínase la suma de veinte mil pesos ($ 20.000.00) moneda corriente, como subcención del Gobierno al Grupo de Teatro de la Escuela Departamental de Cali para atender a parte de los gastos que demanda la intervención de dicho Grupo al Festival de las Naciones que habrá de celebrarse en la cuidad de París (Francia).
Artículo 2° La suma destinada en el artículo anterior será girada al Tesorero de la mencionada Escuela.
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de marzo de 1960.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa.
El Ministro de Educación Nacional,
Abel Naranjo Villegas.
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