Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1936-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de la partida distribuida por medio de Decreto número 301 de 1936, para fundación y sostenimiento de la Escuela Anexa de Artes Manuales, hay sobrante de $ 4,500, que corresponden a sueldos no devengados en el presente año,

DECRETA:

Artículo único. Destinase la suma de cuatro mil quinientos sesenta pesos ($ 4,560), para construcciones en la Escuela de Artes Manuales, anexa a la Facultad Nacional de Ingeniería.

La partida para dar cumplimiento al presente Decreto figura en las apropiaciones del artículo 311, capítulo 52, del Presupuesto de la actual vigencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a ,12 de marzo de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECHANDIA

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