Por el cual se crea el destino de Expendedor de estampillas en Barranquilla

Rango Decreto
Publicación 1881-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Teniendo en consideracion que, por la incorporación de la republica en la Union postal universal, se han aumentado en mucho las ocupaciones del administrador principal de Hacienda nacional de Barranquilla, y que para que no sufra el servicio público es conveniente disminuirlo sus funciones, atribuyendo el desempeño de una parte de ellas á otro empleado,

DECRETA:

Art 1.° En la ciudad de Barranquilla habrá un empleado especial para expendio de estampillas de Timbre nacional, con la asignación que se fija en el articulo1. ° del decreto número 937 de 1880 (diario Oficial número 4,596).
Art 2.° El Presidente del Estado soberano de Bolívar fijará la cuantía de la finanza que debe prestar el Expendedor de estampillas que se nombre, y hará que la preste antes de entrar en el ejercicio de sus funciones.
Art 3.° Tan luego como se haya prestado la fianza de que trata el artículo anterior, el Administrador principal de Hacienda entregará al nuevo empleado las existencias en estampillas y dinero que tenga en su poder, los libros de cuentas y el archivo relacionado con el ramo, exigiendo recibo detallado para comprobar la entrega.

Una copia de este recibo se remitirá á la Secretaría de Hacienda, para que conserve en el archivo como comprobante.

Dado en Bogotá, á 23 de Julio de 1881.

RAFAEL NUÑEZ.

El secretario de Hacienda

Antonio Roldan.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.