Por el cual se distribuyen los fondos para la Colonia Marítima de de Vacaciones de la Bahía de Santa Marta

Rango Decreto
Publicación 1939-01-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. La partida de $ 18,000 asignada en el Decreto número …. de …. de los corrientes para la Colonia Marítima de Santa Marta, distribuúyese así:
De la Directora, en 12 meses 100.00 1.200.00
Del Médico, en 12 meses 70.00 840.00
Del Habilitado Pagador, en 12 meses 50.00 600.00
De la Ecónoma, en 12 meses 30.00 360.00
De la Enfermera, en 12 meses 30.00 360.00
Del Dentista, en 6 meses 50.00 300.00
Para pago del servicio doméstico incluyendo un Portero-mandadero y un Hortelano-jardinero, según distribución que hará la Directora, en 12 meses 110.00 1320.00
Pensiones alimenticias:
De 45 escolares a $ 15 mensuales cada uno, en 12 meses 675.00 8.100.00
De 12 empleados internos, a $ 15 mensuales cada uno, en 12 meses 180.00 2.160.00
Material y gastos varios:
Para medicinas de urgencia, en 12 meses 50.00 600.00
Para materiales dentales, en 6 meses 20.00 120.00
Para lavado de ropa, útiles de aseo del local, útiles de escritorio y demás gastos de material, en 12 meses 60.00 720.00
Para compra de un gabinete dental y drogas 1.000.00
Para gastos varios 320.00
Total 18.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de enero de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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