Por la cual se hacen extensivas las funciones del Agente Fiscal ad honorem de la República en Londres, doctor Nemesio Camacho, para la consecución en Europa de todo lo que necesite el Distrito Capital para la buena marcha de la administración

Rango Decreto
Publicación 1906-05-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia

CONSIDERANDO:

1°. Que el artículo 13 de la Ley 147 de 1905 Autorizó El Poder Ejecutivo para reglamentar por medio de decretos ejecutivos lo conveniente á rentas contribuciones, policía, servicio de aguas y en general todo lo que correspondía á la ciudad de Bogotá como Municipio y como capital del Departamento de Cundinamarca; y

2°. Que el artículo 11 de la misma Ley dispone que el Distrito Capital sea administrado por el Gobierno nacional,

DECRETA:

Artículo 1°. Las funciones del Agente Fiscal ad honorem de la República en Londres se hacen extensivas a la gestión de todo aquello que necesite en Europa el Distrito Capital para buena marcha de su administración.
Artículo 2°. Por el Ministerio de Hacienda y Tesoro se le darán al expresado Agente las instrucciones necesarias al efecto y se le remitirán todos los documentos que pueda necesitar para el buen desempeño de las comisiones ó gestiones que se le confíen.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 7 de Mayo de 1906.

R. REYES

El ministro de Hacienda y Tesoro,

JOSE M. CORDOBES M.

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