Por el cual se adscribe nuevamente al Ministerio de Gobierno el Depósito de Obras de consulta que ha estado a cargo de la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° El Depósito de Obras de Consulta que por Decreto número 1088 de 1917 pasó a depender del Director de la Imprenta Nacional, volverá desde esta fecha a funcionar bajo la dependencia del Ministerio de Gobierno, como lo estaba antes de la expedición del citado Decreto, el cual queda en consecuencia derogado.
Artículo 2° El Director de la Imprenta Nacional entregará al Ministerio de Gobierno, por conducto del empleado que para tal fin se designe y por cuidadoso inventario, las obras que constituyen dicho Depósito.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de marzo de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA- El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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