por el cual se declara que los grados de la Administracion subalterna de Hacienda en Ricaute se hagan de la partida votada en el Presupuesto en curso para la Administracion de Jirardot
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En vista de la comunicacion pasada por el Administrador Contador al Director jeneral de Correos, con fecha 12 del presente mes, número 261, por la cual manifiesta que al formarse el Presupuesto para el servicio del presente año económico, no se tuvo en cuenta que la Administracion subalterna de Jirardot habia sido suprimida por decreto de 31 de julio de 1873 i establecidose al propio tiempo una oficina de la misma clase en Ricaurte ; que ésta ha continuado en servicio desde setiembre último i que su conservacion es indispensable para la fácil i completa conduccion de los valores que en dinero i billetes se remiten al Lazareto de Agua de Dios, ahorrándose de esta manera el costo de un correo trasversal que habria que establecer de Tocaima a dicho punto,
decreta:
Art. 1.º Declárase subsistente el decreto de 31 de julio citado, sobre supresión de la Administracion subalterna de Hacienda nacional en Jirardot, i establecimiento de una Ricaurte.
Art. 2.° La oficina últimamente espresada se considerará en servicio desde 1.° de setiembre del corriente año, i sus gastos se harán de las asignaciones hechas para la de Jirardot.
Dado en Bogotá, a 20 de noviembre de 1874.
S.PÉREZ.
El Secretario de Guerra i Marina,
R. Santodomingo Vila.
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