Por el cual se reforma la División Fiscal establecida por el Decreto número 349 del presente año, en lo referente a los Círculos de Recaudación de Río de Oro y Mompos
El Presidente de la República de Colombia.
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Adscríbase a la Administración de Hacienda Nacional de Ocaña el Círculo de Recaudación de Río de Oro, segregándolo de la Administración de Hacienda Nacional del Banco, y a ésta se adscribe el Circulo de Recaudación de Mompós, segregándolo de la Administración de Hacienda Nacional de Cartagena.
Artículo 2° Queda en estos términos reformado el Decreto número 349 de 29 de febrero del corriente año, en su artículo primero.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de marzo de 1932.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO
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