Por el cual se adiciona transitoriamente la planta de Especialistas Cuartos de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el señor General, Ministro de Defensa Nacional, en oficio número 0245 del 31 de enero de 1977, atendiendo una solicitud debidamente justificada en oficio número 0154 precedente de la Dirección de la Escuela de Cadetes de Policía "General Santander", autorizó que en tal instituto se adelantara un curso de orientación policial para diez y nueve (19) profesionales a fin de incorporarlos posteriormente como Oficiales de los servicios en la Policía Nacional;
Que el Decreto 2553 del 27 de noviembre de 1975; artículo 20 por el cual se reglamenta el Decreto 2338 de 1971, reorgánico de 1a Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional, a la letra dice: "los aspirantes a Oficiales de los servicios que adelanten el curso de orientación policial a los cuales se refiere el artículo cuarto de este Decreto, serán incorporados, como especialistas cuartos y destinados en comisión durante el tiempo de duración de los estudios a la respectiva escuela de formación",
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase transitoriamente durante el lapso que dura el curso a que se refiere la parte motiva de este Decreto, la planta de especialistas cuartos de la Policía Nacional, en diez y nueve (19) efectivos más.
Artículo 2° El presente Decretó rige a partir del 1° de febrero de 1977.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 7 de marzo de 1977.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Defensa Nacional,
General Abraham Varón Valencia.
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