Por el cual se suprime un empleo, se crea otro y se aumenta una asignación en el ramo de correos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que la Agencia Postal nacional de Barranquilla requiere para su buena marcha una reorganización, y
Que esta medida no ocasionará erogación alguna al Erario,
DECRETA:
Artículo 1.° Suprímese desde el 1.° de Julio próximo el empleo de Tenedor de Libros de la Agencia Postal nacional de Barranquilla, y se adscriben sus funciones al Contador de la misma oficina.
Artículo 2.° Créase, desde la fecha citada, el empleo de Escribiente de la Agencia Postal en mención, con la asignación mensual de veinticinco pesos ($ 25).
Artículo 3.° Auméntase desde el 1.° de Julio citado á sesenta y cinco pesos ($ 65) el sueldo asignado mensualmente al Contador de la oficina nombrada, de que trata el artículo 1°
Artículo 4.° Por la Dirección General de Correos y Telégrafos se harán los nombramientos correspondientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá á 3 de Junio de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
JORGE ROA
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