Por el cual se reparte la partida indicada en el artículo 237, capítulo 20, de la actual Ley de Apropiaciones
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo 237, Capitulo 20, de la actual Ley de Apropiaciones, se distribuye así:
| Sueldo del Chofer del automóvil del Ministerio de Relaciones Exteriores | $1200 |
|---|---|
| Aseo del Palacio de San Carlos | 960 |
| Compra de libros y suscripciones | 840 |
| Ratificación de tratados | 500 |
| Encuadernaciones | 200 |
| Gastos de automóvil | 1800 |
| Suma | $ 5500 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de marzo de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores
Carlos URIBE
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