por el cual se modifica el Decreto 494 del 22 de marzo de 1995
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 1º del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 60 y 74 del Decreto 1950 de 1973,
DECRETA:
Artículo 1º. Modifícase el artículo 1° del Decreto 494 de 1995, el cual se quedará así:
"Artículo 1° Concédense los días 6, 7 y 10 de abril de 1985 como tres días hábiles de permiso remunerado doctor Fernando Botero Zea, Ministro de Defensa Nacional."
Artículo 2°. Modificase el artículo 2° del Decreto 494 de 1995, el cual quedará así:
"Artículo 2° Concédense los días 11 y 12 de abril de abril de 1995 como des (2) días hábiles de licencia no remunerada al doctor Fernando Botero Zea, Ministro de Defensa Nacional."
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D C., a 29 de marzo de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Manuel Turbay Marulanda.
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