Por el cual se modifica el artículo 35 del Decreto 432 de 1969

Rango Decreto
Publicación 1971-05-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de la autorización que le confiere el artículo 76; literal c) del Acto Legislativo número 1 de 1968,

Decreta

Artículo 1° El artículo 35 del Decreto 432 de 1969, quedará así:

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, tendrá el siguiente personal:

Grado
1 Secretario
1 Relator
1 Oficial Mayor 17
4 Auxiliares de Magistrados 16
1 Auxiliar de Secretaría 16
1 Conserje 6
1 Conductor 6
1 Mensajero 2
Articulo 2° La provisión de los cargos creados por este pee reto, estará condicionada a la apropiación por parte del Gobierno Nacional, de las partidas necesarias para su funcionamiento.
Artículo 3° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición, '

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de marzo de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Justicia, Miguel Escobar Méndez. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patino Rosselli.

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