por el cual se aprueba el Acuerdo número 001 del 2 de febrero de 1998 del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC-

Rango Decreto
Publicación 1998-03-24
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en los Decretos 1050 de 1968 y 3130 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébase el Acuerdo número 0001 del 2 de febrero de 1998, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC- cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 0001 DE 1998

(febrero 2)

por el cual se modifica la estructura interna del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC.

El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto número 300 de 1997, aprobatorio del Acuerdo 017 de 1996 y del Decreto 2160 de 1992,

ACUERDA:

Artículo 1°. Modificar el artículo 28 del Acuerdo número 17 de 1996 en lo pertinente a la estructura interna del Instituto nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, la cual será la siguiente:

NIVEL CENTRAL

2.1 Oficina de Planeación

2.2 Oficina Jurídica

2.3 Oficina de Control Interno

2.4 Oficina de Sistemas e Informática

2.5 Oficina de Control Unico Disciplinario

2.6 Organos de Asesoría y Coordinación

2.6.1 Comité de Coordinación

2.6.2 Comité Técnico

2.6.3 Comité de Personal.

4.1 División de Gestión Humana

4.2 División Financiera

4.3 División de Servicios Administrativos

7.1 División de Desarrollo Social

7.2 División de Fomento y Capacitación Laboral

7.3 División Salud.

NIVEL REGIONAL

1.1 Regional número 1 Región Central

1.2 Regional número 2 Región Occidental

1.3 Regional número 3 Región Norte

1.4 Regional número 4 Región Oriental

1.5 Regional número 5 Región Noroeste

Artículo 2°. *Funciones del Subdirector General.* Son funciones del Subdirector General:

Artículo 3°. Modificar el artículo 47 del Acuerdo número 17 de 1996 en lo pertinente al Comité Técnico del nivel central del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC, en cuanto a su conformación, el cual quedará así:

· El Secretario General, quien lo presidirá.

· Asesor de la Dirección General o su delegado, designado por el Director General.

· Los subdirectores y/o jefes de la oficina y División del Instituto de acuerdo al tipo de licitación que se vaya a efectuar.

· El Jefe de la Oficina de Planeación.

· El Jefe de la Oficina Jurídica.

· El Jefe de la Oficina de Control Interno quien actuará con voz pero sin voto.

· El Jefe de la División Financiera quien actuará con voz pero sin voto.

El Presidente nombrará al Secretario del Comité Técnico, quien será un funcionario adscrito a la Dirección General; y podrá invitar a las sesiones a aquellos funcionarios del Instituto o personas que requieran de acuerdo con el asunto a tratar.

Artículo 4°. *Funciones del Comité Técnico.* Son funciones del Comité Técnico:

Artículo 5°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional, modifica el Acuerdo número 17 de 1996 y las demás disposiciones que le sean contrarias, y deroga el Acuerdo 20 de 1997.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los dos (2) días del mes de febrero de 1998.

La Presidente,

(Fdo.) Almabeatriz Rengifo López.

El Secretario (E.),

Manuel Molano Rojas”.

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto número 300 del 7 de febrero de 1997.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 17 de marzo de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Justicia y del Derecho,

Almabeatriz Rengifo López.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

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