POR EL CUAL SE HACEN UNOS TRASLADOS EN EL PRESUPUESTO DE LA VIGENCIA EN CURSO

Rango Decreto
Publicación 1935-01-30
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros en su sesión de fecha de los corriente, apro­bó la solicitud de autorización del Depar­tamento de Nacional de Higiene para efec­tuar, dentro del Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia en curso, los trasla­dos a que el presente Decreto se refiere,

DECRETA:

Artículo único. Hácense en el Presupues­to de gastos de la actual vigencia los si­guientes traslados:

Del capítulo 63, ar­ticulo 284 $ 800

Del capítulo 63, ar­tículo 280 1,000

Del capítulo 63, ar­ticulo 202 500

Del capítulo 67, artículo 336 2,200

Al capítulo 63, ar­tículo 286 100

Al capítulo 64, ar­tículo 300 1,900

Al capítulo 64, ar­tículo 305 2,500

$ 4,500 4,500

Comuníquese, cúmplase y dese cuenta al señor Contralor General de la República, para los efectos de la contabilización co­rrespondiente

Dado en Bogotá 12 de enero de 1935

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

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