Por el cual se reforma el mercado con el número 421 de 1905
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. El sueldo de que gozará en adelante el Sr. Julián Páez M., nombrado Revisor y Coleccionador de la prensa nacional, será de setenta pesos oro mensuales.
Queda así reformado el Decreto número 421 de 1905, 8 de Mayo, que creó el puesto en referencia.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 29 de Mayo de 1905.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
bonifacio VELEZ
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