Reformatorio del marcado con el número 1191 de 1905
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Los nombramientos de Notarios y Registradores - en los Circuitos de Notaría y Registro que integran el Distrito Capital - se harán por el Poder Ejecutivo á propuesta de ternas del Tribunal Superior de este Distrito Judicial.
Artículo 2.° El presente Decreto regirá desde su publicación en el Diario Oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 24 de Noviembre de 1909.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho,
Bernardo ESCOVAR
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