por el cual se modifica el Decreto 1564 del 18 de agosto de 1987

Rango Decreto
Publicación 1990-03-06
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y, en especial, de las previstas en el parágrafo del artículo 1° de la Ley 15 de 1968 y en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1981,

DECRETA:

Artículo 1° A partir de la publicación del presente Decreto, los documentos cuya expedición corresponde a la Dirección de Extranjería del Departamento Administrativo de Seguridad, tendrán los siguientes valores:

Artículo 2° En los anteriores términos se modifica el Decreto 1564 del 18 de agosto de 1987.

Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de marzo de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad,

Brigadier General Miguel Alfredo Maza Márquez.

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