Por el cual se dispone la construcción de los dibujos y planos referentes a las exploraciones hechas por la Comisión Técnica encargada de verificar el trazado de la carretera Ciénaga - Valledupar
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
teniendo en cuenta:
- 1º Que la Comisión de Ingenieros nombrada por Decreto número 410, de 17 de marzo de 1923 para explorar la región comprendida entre Ciénaga y Valledupar por la Sierra Nevada y trazar una vía entre estos lugares, hubo de suspenderse por haberse agotado la partida respectiva en el Presupuesto del año último;
- 2º Que los cálculos topográficos y demás trabajos de gabinete relativos a las mencionadas exploraciones no pudieron terminarse por la misma razón, y son necesarios en el Ministerio de Obras Pública para estudiar la ruta de la vía en proyecto, contando con la partida, que figura en el artículo 689 del capítulo 67 de la Ley de Apropiaciones, vigente,
decreta
Artículo 1º El Ingeniero Jefe de la Comisión dicta, señor Gabriel Angel Uribe, ejecutará, desde la fecha en que tome posesión, los trabajos de gabinete relativos a. las expiara dones practicadas por ella para el trazado de la vía- Cienagaaga-Valledupar-.
Artículo 2º Durante el tiempo necesario para la realización de este trabajo, el nombrado Ingeniero-devengará un sueldo mensual de- doscientos peso ($ 2 00), los que pagará el Habilitado-General de Caminos Nacionales, con la partida del articulo 689 arriba dicha.
Comuníquese y publiques
Dado en Bogotá a 28 de marzo de 1924.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Aquilino VILLEGAS.
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